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ACTIVIDAD EMPRESARIAL

17 de febrero de 2023

El reintegro del 10% a las compras de carne arranca con el pie izquierdo: AFIP admite que no conoce todas las carnicerías y crea un nuevo registro

Aunque la AFIP se apuró al implementar el sistema para reintegrar a los consumidores que compren carne vacuna con tarjeta y código QR hasta 2.000 pesos mensuales (o el 10% de lo que gasten de ser menor a esa cifra), la Resolución 5330/2023 que define el mecanismo para hacerlo muestra que la iniciativa nace con el pie izquierdo, ya que ni el propio organismo fiscal conoce a las carnicerías debidamente registradas y por eso las convoca a anotarse a un registro especial.

La gran marginalidad impositiva que existe en este rubro minorista, según habían advertido los conocedores del negocio de la carne vacuna, es el talón de Aquiles del plan lanzado por Sergio Massa para aliviar un poco a los consumidores que impacto en sus bolsillos de la fuerte suba de los precios de la carne en el mostrador. La estrategia oficial tiene tres vías: esta devolución de 10% en las compras con tarjeta de crédito apunta a las carnicerías de barrio y los pequeños almacenes y supermercados; mientras que las grandes cadenas serán abastecidas solamente por los frigoríficos exportadores con cortes baratos y mientras se prepara un shock para incentiva la oferta cerca de mitad de año.

Para concretar el primer paso, la AFIP reglamentó este viernes el sistema y dejó en evidencia de inmediato que el reintegro del 10% no podrá ser ofrecido por todas las carnicerías de barrio o supermercados chicos, unos 100 mil puntos de venta en todo el país, sino por aquellos que cumplan con una formalidad: inscribirse en un nuevo Registro de Carnicerías. Luego de dar ese paso, que implica un blanqueo absoluto de su facturación, podría ser parte del sistema para incentivar las ventas y atraer un mayor número de consumidores.

“La medida entrará en vigencia el 1° de marzo hasta el 31 de diciembre de este año, e incluye un diferimiento por 90 días en el pago de obligaciones impositivas a los comercios enmarcados en esta actividad”, informó el organismo impositivo, como para mostrar que -de su lado- espera atraer a la mayor cantidad de carniceros posible.

Luego la AFIP explicó que, para el consumidor, “el beneficio instrumentado a partir de la Resolución General 5.330 consiste en un reintegro del 10% del monto de la operación realizada en establecimientos dedicados a la comercialización de carne vacuna, con un tope de devolución de hasta $2.000 mensuales. Estará vigente para las transacciones mediante terminales de pago como por medio de códigos QR. Las entidades financieras deberán acreditar la suma en las cuentas de los consumidores finales a los cuatro días de concretada la operación, y el detalle deberá figurar en el resumen de cuenta físico o electrónico de los clientes”.

Hasta ahí todo luce de maravillas. Pero el organismo conducido por Carlos Castagneto, en la misma resolución, debió crear un “Registro de carnicerías”, a los que los comercios que revistan la categoría de Responsable Inscripto o sean monotributistas con hasta tres empleados declarados, sería incorporados de manera automática. Pero “el resto de los contribuyentes deberá inscribirse a través del Sistema Registral del sitio web del organismo”, se reconoció.

¿Cuántas carnicerías tiene registradas de antemano la AFIP y conformarán esa nómina? Es la pregunta del millón, pues nadie lo sabe. La última vez que el Estado ensayó -en el gobierno de cambiemos- un blanqueo de la actividad de este segmento del comercio minorista tropezó contra una cruda realidad, pues solamente se anotaron unas 6.000 carnicerías en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA), sobre un universo de al menos 15 veces esa cifra.

La mayor dificultad es que los carniceros revistan como monotributistas y además evitan dar facturas a sus clientes para no solo no subir de categoría sino dejar en evidencia lo siguiente: Si al menos le ingresara al local una media res por semana (con lo que vale la carne), los montos de facturación excederían por completo los mínimos y el contribuyente debería de inmediato pasar a revistar como Responsable Inscripto. Por esa misma razón, además, las carnicerías casi no declaran a sus trabajadores.

En la gestión anterior, en un esfuerzo conjunto entre la ex ONCCA (dependiente de Agricultura) y la AFIP, se había comenzado un proceso de blanqueo de la cadena, de adelante para atrás. Se comenzó con un sistema de pagos anticipados por la faena que encuadró a frigoríficos y matarifes, pero que quedó a medio armar al momento de llegar a las carnicerías. Para atacar ese flanco, el ex titular de la AFIP, Alberto Abad, incluso creó un Remito Electrónico de Carnes (REC) que en la práctica casi no funciona ni se controla. Pero allí quedó todo: con el cambio de gobierno cedieron los intentos del Estado por normalizar esta cadena que tributa un IVA del 10,5% e Ingresos Brutos en las provincias.

Ahora, urgido por dar una señal a los consumidores, Massa anunció este blanqueo a las apuradas que se traducirá en un nuevo registro de Carnicerías del cual se desconoce de antemano su alcance. Se supone que incorporará a las carnicerías del tipo Gourmet o las cadenas bien constituidas. Pero quedaría un buen número de comercios del cual se duda quieran dar este salto hacia la formalidad.

Para tentarlos, la AFIP informó que la norma emitida hoy “otorga a los comercios inscriptos en el régimen tres meses de gracia para el pago del IVA o del componente impositivo del monotributo en los casos en que estén adheridos al régimen simplificado”.

El artículo 17 de la resolución establece ese y otros ganchos como para atraer a los carniceros al apasionante universo de los códigos QR y las facturas electrónicas. Dice textual:

  • De tratarse de sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, podrán efectuar el pago del componente impositivo de cada período fiscal hasta la fecha de vencimiento correspondiente al tercer mes inmediato siguiente al del vencimiento general fijado por AFIP.
  • Los contribuyentes que revistan la calidad de Responsables Inscriptos en IVA podrán ingresar el importe resultante de las declaraciones juradas del gravamen de cada período fiscal, hasta la fecha de vencimiento correspondiente al tercer mes inmediato siguiente al del vencimiento general fijado por este Organismo, de acuerdo con la terminación de la Cuit.
  • No obstante, la presentación de dichas declaraciones juradas deberá realizarse mensualmente conforme a lo dispuesto por la Resolución General 715 y sus complementarias, según el cronograma de vencimientos generales.
  • Adicionalmente el organismo decidió “suspender hasta el día 31 de diciembre de 2023 el procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Monotributo a aquellos contribuyentes que se encuentren incorporados al Registro de Carnicerías”.

“El listado de los comercios inscriptos en el Registro de Carnicerías se encontrará disponible para su consulta en el sitio web institucional”, prometió la AFIP para las próximas horas. Recién entonces se sabrá con certeza si esta devolución de impuestos que ideó Massa será efectiva y abarcativa, o simplemente se limitará a un pequeño grupo de carnicerías de la Ciudad de Buenos Aires y los barrios más acomodados, como temen muchos en la cadena.

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